jueves, 12 de diciembre de 2013

La propuesta de la Comisión de Expertos sobre las sociedades cotizadas (IV)

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 12 de diciembre de 2013 junto con  Rodrigo Tena.

Continuamos nuestro peregrinaje particular por el intrincado mundo de las sociedades cotizadas, al hilo del informe de los Expertos (ICE), en su comparación con la Propuesta de Código Mercantil (PCM). En el primer post planteamos nuestra tesis (aquí) y en los dos siguientes intentamos demostrarla (aquí y aquí). En éste de hoy continuaremos tratando algunos temas relevantes, para dedicar el siguiente y último a unas conclusiones finales.

viernes, 29 de noviembre de 2013

¡Ay, Derecho! Gallardón, Guerra, Freud y el CGPJ

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 29 de noviembre de 2013.

El ministro de Justicia Ruiz-Gallardón fue entrevistado ayer por Carlos Herrera en Onda Cero, y fue preguntado por los recientes nombramientos para el CJPJ. Pueden oír la entrevista aquí. A mí me ha producido una cierta conmoción.

lunes, 25 de noviembre de 2013

La propuesta de la Comisión de Expertos sobre sociedades cotizadas (III)

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 25 de noviembre de 2013 junto con Rodrigo Tena.

En el post anterior iniciamos el análisis de algunas de las cuestiones más debatidas en relación a la regulación de las sociedades cotizadas, con la finalidad de poder deducir cuál es el espíritu que anima la propuesta de los expertos (ICE) en relación a la del nuevo Código Mercantil (PCM). En éste post examinamos tres más.

miércoles, 13 de noviembre de 2013

La propuesta de la Comisión de Expertos sobre sociedades cotizadas (II)

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el  13 de noviembre de 2013 junto con Rodrigo Tena.

Continuamos la serie iniciada la semana pasada con un primer post en el que denunciábamos el procedimiento seguido por el Gobierno en esta materia. Para justificar la crítica -como apuntó con acierto un comentarista- es imprescindible entrar en el detalle de algunos puntos concretos, con la finalidad de demostrar que las propuestas que hace el Informe son claramente más limitativas de los derechos de los accionistas o más  favorables a la dirección de las sociedades que las del Código mercantil. Dedicaremos este post y el siguiente al análisis de algunos de los temas más clásicos y conflictivos en esta sede, y el último a unas conclusiones finales.

jueves, 7 de noviembre de 2013

La propuesta de la Comisión de Expertos sobre sociedades cotizadas (I): Un ejemplo más de nuestro derrumbe institucional

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 7 de noviembre de 2013, junto con Rodrigo Tena.

Iniciamos hoy una nueva serie dedicada a examinar la propuesta de la Comisión de Expertos designada por la CNMV sobre sociedades cotizadas. Pero si usted piensa que no vale la pena seguirlo, porque éste es un tema que sólo interesa a los mercantilistas, está muy equivocado. A menos que no sea ni pequeño accionista, ni consumidor ni siquiera ciudadano, claro. Entonces tiene permiso para no leer este post.

domingo, 20 de octubre de 2013

Conferencia en Harvard: “Poder y dinero en las sociedades cotizadas: vuelta a los principios”

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 20 de octubre de 2013.

Este año le ha tocado a un servidor representar al Colegio de Madrid (designación que agradezco mucho a la junta) en el Seminario que el departamento de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense, junto con el Real Colegio Complutense en la Universidad de Harvard y Law School organizan en esta última. Se trata de una fabulosa iniciativa que se debe a Juan Sánchez-Calero (que ha publicado en este blog) y que propende a varios fines: el académico puro; el conocimiento de una universidad puntera en el mundo a través de la presencia física en ellas y de conferencias que se reciben de profesores de Harvard; y al conocimiento mutuo entre diversos sectores y profesiones del Derecho en un ambiente distendido. En mi opinión, todos esos objetivos se han cumplido este año, con exceso. Cabe decir que asistieron varios colaboradores del blog, como Matilde Cuena o Blanca Villanueva, y muchos otros que estoy convencido que lo serán.

miércoles, 4 de septiembre de 2013

El préstamo del Rey

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 4 de septiembre de 2013.

Hace tiempo que tengo ganas de cortar algunas cabezas, a modo de sacrifico ritual, como expiación de nuestros pecados y modo de aplacar a los dioses. Están pasando muchas cosas y pesa sobre nuestra mente la idea de que aquí no paga quien tiene que pagar. Y quisiéramos ver nuestro anhelo de venganza debidamente satisfecho.

jueves, 1 de agosto de 2013

La intervención de Rajoy: la retórica contra la confianza

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 1 de agosto de 2013.

Finalmente intervino el presidente del Gobierno ante el pleno para dar, en sus palabras, “su versión” de los hechos del asunto Bárcenas. Era una papeleta en principio complicada, la verdad, porque las informaciones aparecidas en los periódicos eran escalofriantes.

miércoles, 17 de julio de 2013

Algunas reflexiones sobre el “Barcenasgate”

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 17 de julio de 2013.

El morbo mediático y popular que produce ver a los poderosos en apuros y la delectación que da recibir sus contestaciones atropelladas y torpes, así como la vergüenza de ver a algunos de sus enemigos políticos lanzándose contra ellos aprovechándose de su debilidad, como si ellos estuvieran exentos de culpa, no debe impedirnos analizar la trascendencia de la cuestión.

sábado, 6 de julio de 2013

Diego Valderas o la superioridad moral de la izquierda

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 6 de julio de 2013.

De vez en cuando se dan acontecimientos planetarios. De entre los últimos, así de importancia , cabe señalar la conjunción en la zona de Al-Andalus de un ticket parecido al anunciado, cual estrella de Oriente, por laínclita Pajín cuando coincidieron políticamente Obama y Zapatero, líderes mundiales ambos de peso semejante.

jueves, 27 de junio de 2013

El extraño caso del DNI de la Infanta

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 27 de junio de 2014.

Esto de Twitter es peligrosísimo. Entre lo del blog y las redes sociales es muy fácil ser localizado y de ahí a ser erigido en portavoz oficioso del notariado hay sólo un paso. Estos últimos días me han llamado de la SER y de otros medios para que diera mi opinión sobre el candente tema del DNI de la Infanta y, aunque uno trata de quitarse de enmedio por ser una cosa de la que, al no tener en este momento cargos corporativos, no tengo información de primera mano, alguna cosa general he tenido que decir sobre la forma de funcionar de los notarios que quizá pueda ser de interés para comprender la situación. Y quizá, ahora que se va clarificando un poco la cuestión, procede escribir eso mismo, dejando dicho por delante que esto no tiene más valor que el que tenga un notario de a pie.

Lo primero es decir, para que se entienda lo que hacemos, que nuestra primera función es la de redactar escrituras, actas y otros documentos públicos, en soporte papel. Es decir, se trata de poner por escrito algo que ocurre ante nosotros: unos señores vienen, se les identifica por su DNI, se les piden otros datos personales, comprobamos si son propietarios de lo que traten de vender (o hipotecar o lo que sea) mediante el examen de los títulos previos, comprobamos si tienen cargas en el registro y si figuran ahí como dueños, hacemos otras advertencias legales y fiscales, ponemos lo que quieren hacer y hacen en nuestra presencia, consignamos el pago y cómo se ha pagado (cheques, transferencia, poniendo hoy incluso de dónde sale el dinero) y en general comprobamos que todo ese negocio jurídico es adecuado a la ley y se han cumplido los requisitos necesarios para su validez y eficacia, previo asesoramiento “sobre los medios jurídicos más adecuados para el logro de los fines lícitos que aquéllos se propongan alcanzar” (art. 1 de nuestro reglamento). Todo eso se pone por escrito y se firma en papel timbrado oficial, para mayor seguridad. Luego ese documento –la escritura matriz- se conserva para siempre jamás en el llamado protocolo (se conservan protocolos de hace más de quinientos años) y de esa matriz se expiden copias (hoy también electrónicas) que sirven para acreditar el negocio y hacerlo valer donde proceda. Es importante constatar –aunque a estas alturas ya ha quedado aclarado- que en todo este asunto no hay ningún problema jurídico porque en la “dimensión escritura” no hay error alguno y las fincas están a nombre de quien deben estar.
Ahora bien, desde hace muchos años, a esa labor fundamental de dar forma pública a los negocios de los particulares se añade otra, que es la de informar a las autoridades, entre ellas la fiscal, de los actos que “autorizamos” (se llama así porque nosotros somos los autores). Antiguamente esto se cumplía mediante el envío por correo de un listado en papel con los datos básicos de las operaciones a Hacienda. Desde que la informática ha llegado a nuestras vidas, la cosa ha cambiado y esa información se envía mediante ficheros informatizados.
Esta informatización debe de llevar funcionando unos diez años. Me gustaría que comprendieran como es el proceso. Una vez redactada esa escritura en papel y firmada, toda esa información consignada en un procesador de textos hay que “volcarla” en una plataforma informática que permite procesar esa información. Por decirlo claramente, es necesario volver a consignar todos los datos de la escritura en esa plataforma, casilla por casilla, para que puedan ser tratados por nuestro Consejo y por todas las Administraciones que en la actualidad tienen derecho a la información: Agencia Tributaria, Comunidades Autónomas a efectos de los impuestos a ellos cedidos, Ayuntamientos a los efectos de plusvalías, órganos de supervisión en materia de blanqueo, Catastro, etc. Es verdad que un cierto volcado se produce automáticamente a través de los programas informáticos de gestión de notarías que cada notario adquiere a diversas compañías privadas y que a su vez se adaptan al programa de índices del Consejo General del Notariado, pero ello ni mucho menos ahorra de todo el trabajo.
Desde 2007, y de eso puedo dar fe porque sí que estaba entonces en cargos corporativos y además encargado en parte de esa cuestión, el tema se complica extraordinariamente para nosotros porque se crea el Índice Único informatizado, consagrado legalmente en ley y en nuestro reglamento. Este programa exige muchísima información, tiene fuertes controles y no te permite enviar la información si detecta ciertos errores. Anteriormente a esa fecha también se mandaba esa información mediante el sistema llamado “Doctor Índice”, aunque el sistema no estaba tan perfeccionado como el actual. Pero lo cierto es que el notariado ha sido bastante rápido en la adaptación, pues internet no lleva generalizado mucho antes del 2000.
Creo que cabe decir que el Índice, sobre todo en su configuración actual, presta un gran servicio al Estado por la enorme información que proporciona en breve plazo de tiempo, ya tratada y sistematizada, al punto que con una sencilla solicitud del funcionario autorizado se puede saber qué operaciones se han hecho por una persona, o sobre un inmueble, o por una sociedad, mediante los oportunos cruces de datos. Por supuesto, no todo el mundo tiene acceso a esa información, sino que existe un protocolo al efecto. Cabe también decir, y perdonen la digresión, que esto se ha hecho a nuestra costa tanto a nivel general como particular y que, para que se hagan una idea, meter los datos en el programa cuesta tanto o más que hacer la escritura propiamente dicha y que, a efectos prácticos, eso ha significado crear un puesto de trabajo más en cada notaría, poco más o menos.
Dicho todo ello, he de añadir que no sé dónde puede estar el error en el famoso DNI de la Infanta. Es evidente que los notarios nos podemos equivocar y haber introducido mal los datos, o que se hayan introducido de manera incompleta y que los controles que hay ahora y que no existían en 2005 o 2006 hayan permitido el pase de la información. O quizá que en el proceso de volcado desde los programas de las compañías informáticas que cada notario tiene se haya producido algún tipo de corrupción, sobre todo en los años anteriores a 2007.
Ahora bien, Hacienda dice que de los trece fallos la mayoría, once, corresponden a los notarios y registradores. Sin embargo, mientras escribía esto me entero de que el Consejo General del Notariado ha emitido un comunicado en que, haciendo unas consideraciones previas similares a las que acabo de realizar, indica que el Órgano de Colaboración Tributaria, interno del Consejo, tras efectuar la pertinente investigación, que afecta a tres escrituras de aceptación de herencia y una compraventa, entiende que no se ha producido ningún error en cuanto a ésta última y que en cuanto a las herencias, parece ser que en el DNI de un fallecido, que no tenemos obligación de hacer constar en la escritura aunque sí en la ficha electrónica, está erróneamente consignado en una de las fichas pero en las otras dos en realidad no, porque se sitúa en otro apartado. Señala que los demás datos están correctos y que en las escrituras más simples se rellenan más de 100 campos (lo que antes les decía), adjuntando unos modelos de fichas (Ejemplo ficha electronica (1) yEjemplo fichas electronicas (2)). Por cierto que, frente a lo que he oído en los medios de comunicación que apuntan a que los notarios “reconocen errores”, si se lee bien el comunicado creo que éste sólo dice que un dato que no es necesario consignar en las escrituras –y por tanto irrelevante- consta indebidamente en la ficha que se envía a Hacienda sólo en un caso, por lo que parece que los errores gruesos están en otro sitio, o eso entiendo yo.
Bien, se puede decir lo de “es tu palabra contra la mía”. Pero es que, aunque toda la culpa hubiera sido de los notarios –aunque yo sé muy bien qué me creo más- lo que no acabo de entender es lo siguiente: si, aunque el notario se hubiera equivocado, por la razón que sea, en el DNI, lo cierto es que ese notario ha mandado también la información relativa al nombre de vendedor y comprador, sus domicilios, el inmueble o lo que sea que se vende o hereda, el precio y otros muchos más datos. Supongamos también que a la hora de sacar la información que se le pida por el juez o por quien sea, la Agencia Tributaria se basa simplemente en el DNI de la persona interesada. De acuerdo, lo suponemos, pero ¿no cruza la información de ese DNI con el nombre de la persona que ese mismo notario le ha mandado? Todavía más: esa información ha ido al Catastro, al Registro, a la Comunidad Autónoma, al Ayuntamiento, etc. ¿no suena un “tilt” o alarma en algún sitio? Y más: los que de verdad vendieron se supone que declararon el incremento de patrimonio, la plusvalía municipal y los que compraron, declararon el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, quizá el impuesto de Patrimonio: ¿no ha saltado ninguna contradicción en las bases de datos? Lo cierto es que la sensación que como contribuyente tengo es que el cruce de información es bastante eficiente y que si me dejo algo por declarar es fácil que se sepa enseguida.
Es decir, no puedo decir si los notarios o registradores se han equivocado en todos, en alguno o en ninguno de los casos, pero es extraño que no se haya descubierto en tantos años. Y sinceramente da qué pensar que con los DNI plebeyos salten todo tipo de alarmas y se disparen “paralelas” y en otros más regios tengan que pasar ocho años y una metedura de pata de calibre superior para que nos enteremos. Y de hecho los funcionarios de Hacienda a través de la Central Sindical CSIF criticaron ayer en un comunicado la opacidad del asunto y que el conjunto de los empleados públicos no tienen autorización para contralar este perfil de los contribuyentes, no saben qué departamento  se encarga y se extrañan de que no se le haya requerido anteriormente por estas transmisiones. Blanco y en botella.

domingo, 9 de junio de 2013

Crisis, crítica, criterio

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 9 de junio de 2013.

Este blog en el que escribo tiene cada vez más lectores e influencia y ello hace que editores y colaboradores recibamos cada vez más comentarios sobre lo que decimos y ahora también sobre lo que hacemos, habida cuenta de que participamos en la plataforma por una nueva ley de partidos que, precisamente ayer, se comentaba aquí mismo.

viernes, 17 de mayo de 2013

Soberanismo y procrastinación

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 17 de mayo de 2013.

En España todo llega tarde. Y como la democracia, el destape o los triunfos futbolísticos, también se hizo esperar la posmodernidad -quizá la dictadura retrasó su llegada-de la que, como todos ustedes saben, tanto me gusta hablar porque explica la raíz profunda de muchas cosas que nos están pasando; pero el caso es que muchos hemos sido educados en la modernidad pero ahora tenemos que vivir en la posmodernidad. O sea, que tenemos graves carencias para la adaptación al medio.

jueves, 16 de mayo de 2013

Me importa todo un bledo (sobre la publicación de la ley de deudores hipotecarios y más)

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 16 de mayo de 2013.

Ya está publicada la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. Apareció en el BOE el día 15 de mayo a las 7 de la mañana, al parecer, y entraba en vigor el mismo día, por lo que cabría entender que ha estado vigente antes de estar publicada, desde las 0 horas del día 15, como acertadamente señalaba ayer nuestra colaboradora Verónica del Carpio en twitter.

domingo, 5 de mayo de 2013

La coherencia, ¿vicio o virtud?

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 5 de mayo de 2013.

Me gusta esto de plantearme si una cosa es un vicio o una virtud, como ya hice en otra ocasión, pues es como reírse un poco de la condición humana y de uno mismo. Y voy a empezar por ahí, riéndome, pues tengo que reconocer que he sido educado en la idea de que la coherencia es una virtud irrenunciable, inalienable, imprescriptible y todas esas cosas que decimos los juristas.


jueves, 11 de abril de 2013

Comentario de urgencia al Decreto-ley andaluz sobre la vivienda

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 11 de abril de 2013.
Se encuentra ya publicado el Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda (las mayúsculas son suyas) que puede consultarse aquí .

sábado, 30 de marzo de 2013

Lecturas recomendadas: “Todo lo que era sólido”, de Antonio Muñoz Molina

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 30 de marzo de 2013.

El conocido novelista Antonio Muñoz Molina ha publicado recientemente lo que en la contraportada del libro se califica, acertadamente, de “ensayo directo y apasionado, una reflexión narrativa y testimonial”. No es un libro directamente jurídico o político, pero no cabe duda de que lo que dice y lo que siente el autor no deja de tener fuertes conexiones con el leit motiv de este blog, como verán; también por ello me abstendré de presentar al autor y su obra en general -de sobra conocidos-para centrarme en el contenido de ésta.

miércoles, 6 de marzo de 2013

Tres preguntas sobre el anteproyecto de “reforma integral de los registros”

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 6 de marzo de 2013.
El Ministerio de Justicia tiene preparado un anteproyecto de “reforma integral de los registros” que supone una bomba de profundidad en todo el sistema jurídico civil – lo que nos debe importar a todos- y al bolsillo del ciudadano –lo que seguro que nos importa a todos-sin que haya motivo alguno para semejante zarandeo.

martes, 26 de febrero de 2013

viernes, 22 de febrero de 2013

El acta de Bárcenas decepcionará a los medios

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 22 de febrero de 2013.

Oyendo las noticias sobre el acta notarial de Bárcenas le entran a uno escalofríos al constatar lo que se pueden confundir las cosas en los medios (ver aquí). Pero eso ocurre casi siempre que uno lee una noticia de algo que conoce de primera mano: es la servidumbre de la inmediatez y del generalismo de la prensa no especializada.

viernes, 15 de febrero de 2013

Iniciativa popular sobre la dación en pago: recopilatorio de posts

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 15 de febrero de 2013.

Anteayer saltó la noticia: el PP daba su visto bueno a la iniciativa popular sobre dación en pago, cambiando el criterio que hasta entonces había mantenido. Resulta chocante este cambio de criterio, que coincide sospechosamente con la presión popular en este tema, la noticia de un suicidio doble y otro más ayer y el goteo de noticias sobre la corrupción.

jueves, 31 de enero de 2013

Mis dudas sobre la cuestión del arbitraje en las preferentes

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 31 de enero de 2013.
La cuestión de las preferentes la ha tratado mi hermano Fernando en este blog con profusión (ver aquí y aquí) y lo va a tratar próximamente en una conferencia que va a pronunciar el próximo jueves 7 de febrero en el Colegio Notarial de Madrid, que promete ser muy interesante. Pero en estos últimos días la cuestión vuelve a la palestra por el anunciado (a bombo y platillo) acuerdo PP y PSOE sobre la posibilidad de acudir al sistema de arbitraje en el asunto de las preferentes que, en opinión de alguno de sus protagonistas, “supone decirles a los ciudadanos que los partidos políticos, independientemente de buscar responsabilidades, van a buscar soluciones”, sobre todo para aquéllos que tienen una menor “cultura financiera”

jueves, 24 de enero de 2013

Que se mueran los viejos…

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 24 de enero de 2013.

Haciendo un remedo del título de la vieja película “Que se mueran los feos”, el ministro japonés de finanzas Taro Aso ha culpado a las personas mayores del elevado gasto sanitario de su país y ha declarado que él se sentiría mal si supiera que su tratamiento está pagado por el Gobierno,  al tiempo que atacaba las tácticas de reanimación y los tratamientos para prolongar la vida e instaba a los mayores a que se dieran prisa en morir. Así lo recogía The Guardian y así ha sido reflejado por la prensa española.

sábado, 19 de enero de 2013

Flash Derecho: Publicación de la conferencia en la Universidad de Harvard “Poder y dinero en las grandes sociedades: vuelta a los principios”

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 19 de enero de 2014.

El pasado 20 de octubre publiqué un post con un resumen de la conferencia pronunciada en la Universidad de Harvard, en representación del Colegio Notarial de Madrid, en el Seminario que el Departamento de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense,  en colaboración con el Real Colegio Complutense en la Universidad de Harvard y el Institute for Global Law and Policy de la Harvard Law School organizan en esta última universidad (ver aquí el post)
Una vez escrito el texto en forma de trabajo, se publica en Eprint-Complutense, Archivo Institucional, en acceso abierto desarrollado por la Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid. El texto publicado puede leerse aquí.
He cumplido con mi compromiso y el texto está publicado. Se trata de una reflexión sobre la cuestión de la distribución del poder en las grandes sociedades, que no es nueva pero que, sin embargo, se ha puesto de actualidad a medida que se han ido sucediendo las crisis económicas en las que se han visto involucradas las sociedades. En la crisis de 2008 esta cuestión ha jugado un papel destacado al ir unida a la tendencia a la desregulación o sustitución de la regulación coactiva por la autorregulación, que ha imperado en los últimos treinta años, al hilo del Análisis Económico del Derecho o, en términos más generales, del movimiento de la posmodernidad. Y estimo que se impone una reflexión sobre el papel que el Derecho ha de jugar en los mercados y en la sociedad en general.
Se trata, como se puede ver, de un ensayo jurídico pero también metajurídico en el que no vacilo en meterme en diversos charcos. No obstante, estimo que su contenido permite orientar cuestiones más prácticas como las que hemos tratado Rodrigo Tena y yo en la serie sobre el Estudio de la Comisión de Expertos sobre las sociedades cotizadas (el último puede consultarse aquí), y quizá inspire alguna idea del último de la serie. Recomiendo vivamente, para quienes estén interesados en estas cuestiones, la entrevista al pensador americano  Michael Sandel, varias veces citado en mi trabajo, que colgamos en este post
Espero que les interese.

miércoles, 16 de enero de 2013

Por qué fracasan los países o aquí hay que hacer algo

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 16 de enero de 2013.

Me he terminado de leer el libro político-económico de moda: “Por qué fracasan los países” de Daron Acemoglu y James A. Robinson. Es un libro francamente interesante y yo creo que de obligada lectura para los seguidores de este blog. Sé que nuestros compañeros blogueros de Nada es Gratis (ver aquí y aquí) y Politikon (ver aquí) han debatido ampliamente el tema con aplicación específica a sus ramas concretas, pero creo que faltaba que nos hiciéramos aquí eco de él, por la especificidad jurídica de nuestro blog.