jueves, 6 de enero de 2011

¿Hay (Estado de) Derecho? (III): La ley antitabaco y las autolesiones

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 6 de enero de 2011.
La reciente entrada en vigor de la nueva ley antitabaco me ha hecho recordar cierto asunto filosófico-jurídico. Parece claro que el fundamento de esta ley es evitar que el uso de la libertad de unos afecte a la de los demás, disponiendo que no se pueda fumar en determinados ámbitos donde previsiblemente se va a molestar o se va a perjudicar la salud de otras personas. Sin embargo, hay elementos que hacen pensar que la ley quiere, además, evitar que la gente fume porque es malo para el propio fumador.
De hecho, el Preámbulo habla de que se adoptan las “medidas encaminadas a potenciar la deshabituación del tabaco y a tratar de erradicar a medio y largo plazo el hábito de fumar” y en los debates públicos previos, los que se oponen a ley aducen que no cumplirá su función de ayudar a abandonar el hábito a los que quieran dejar de fumar y que constituye un exceso de proteccionismo de un Estado-padre al que, dicen, ahora le ha dado por perseguir al fumador; y de hecho se prohíbe fumar en ciertos espacios libres donde es claro que no se perjudica a nadie. Y esta es la cuestión: ¿Debe la ley protegernos de nosotros mismos? ¿O más bien debe abstenerse de ello porque somos mayores de edad y libres, por tanto, de equivocarnos o perjudicarnos?
En cierta tertulia familiar, mi hermano, el filósofo (y también jurista) Javier Gomá, tomando como la obligación de ponerse el cinturón de seguridad, sostenía que en un Estado de derecho, la ley tiene competencia para regular un número tasado de interacciones humanas, sólo aquellas que por su naturaleza son exigibles coactivamente activando la máquina represora del Estado, por lo que la sanción por no ponerse el cinturón de seguridad constituye un uso totalitario de la ley, que buscaría cuidar de nosotros como menores de edad incapaces de elegir lo que nos conviene y nos lleva de la mano al recto comportamiento.
Esa opinión era anuncio de un artículo que posteriormente publicó en Babelia (aquí)
La verdad es que la cuestión tiene interés y se relaciona directamente con el Estado de Derecho objeto de esta serie, pero, en esta ocasión, yo, y otros miembros de la familia, nos decantábamos por entender que sí cabe tal regulación, con las adecuadas precauciones. Por un lado, porque tal conducta puede indirectamente perjudicar a terceros (por ejemplo, mayores gastos sanitarios, a veces no baladíes), sin que me sea suficiente el argumento en contra de que por esa regla de tres habría que sancionar a los gordos o los que intentan suicidarse, pues el Derecho no es absolutamente armónico y no regula todas las conductas sino sólo aquéllas que considera relevantes en un momento determinado (y a lo de los gordos, tiempo al tiempo). Por otro, porque hay muchos ejemplos de normas de ese estilo totalmente lógicas e indiscutidas: las que imponen un equipamiento de seguridad obligatorio en los barcos de recreo, o los que imponen controles de seguridad en construcción de vivienda unifamiliares.
Pero, sobre todo, porque a veces la ley tiene que tener una función “ejemplarizante” (y con eso se la devuelvo al filósofo que, no obstante, en un artículo posterior distingue entre la perspectiva jurídica y la ética: (aquí)). Y es que yo soy ex fumador y sé que es muy difícil dejarlo. Recuerdo impresionado un artículo de prensa que revelaba que en un solo cigarrillo había hasta 300 sustancias diferentes, una de las cuales era, por ejemplo, penicilina para conseguir que la garganta no te duela al fumar. Las Tabacaleras tienen los mejores químicos del mundo y consiguen que, una vez que te has enganchado, sea muy duro salir de ahí. Por eso me pregunto ¿es ilógico que el Derecho trate de corregir esas desigualdades en el mercado, las asimetrías de información, esos desequilibrios de poder?
Es cierto que hay un riesgo de abuso, pero también digo que, para mí, dejar de fumar fue librarme de una esclavitud y una cuestión de orgullo personal y, seguramente, las restricciones legales me hubieran ayudado (hace de ello ya 11 años), como hay normas que compensan la falta de información de los consumidores, o protegen al administrado, o al que tiene alguna deficiencia, sin que ello los haga menores.
Por cierto, en las tertulias familiares no siempre hablamos de estas frivolidades: a veces hablamos de cosas serias, como Gran Hermano.