viernes, 31 de agosto de 2012

Ryanair, lo relativo y los principios

Publicado en el Blog ¿Hay Derecho? el 31 de agosto de 2012.

En sus inicios, la navegación aérea era un lujo, una actividad glamurosa al alcance de unos pocos. Las atractivas azafatas, el servicio deferente, las atenciones de todo tipo, la copa de champán, la comida a bordo…..todo entraba en el billete. Hoy, su generalización y abaratamiento ha hecho que pierda su glamour y exclusividad, salvo que se pague expresamente en algunas de las clases preferentes que ofrecen las compañías.
Ya no te venden el billete: ahora te lo autovendes tú mismo por Internet, te imprimes la tarjeta de embarque (¡y no te equivoques!), te transportas tú mismo tus maletas, las subes a una cinta, eres sometido a un escrutinio por una máquina, previo striptease (si es que no funciona la máquina esa que te desnuda directamente), etc. Y si hay una compañía que lleva al paroxismo esta tendencia, esta es Ryanair, respecto a la cual me gustaría tratar tres aspectos.
El primero es que los que la hemos usado percibimos algunas cosas (quizá no exclusivas de esta compañía), francamente molestas: la sensación de ser engañados cuando el precio ofertado inicialmente se multiplica a consecuencia de tasas y otras cosas no previstas; la misma sensación cuando el descuento por familia numerosa se torna ridículo porque se aplica no a todo el precio sino a una tarifa básica mínima; el sentimiento general de ser tratado como ganado, como cuando se cambia el número de puerta en el último momento con la correspondiente e indigna carrera de los pasajeros para “coger un buen sitio”; la abusiva sanción de 40 euros (hoy 60, creo) si se te olvida o no puedes imprimir la tarjeta de embarque (aunque tengan el dato en su sistema); la estresante inspección de los empleados de la compañía sobre tu equipaje de mano para ver si no entra en un recipiente fijo que tienen en la puerta de embarque, so pena de otra sanción económica por facturación; el continuo uso de los altavoces de la aeronave para venderte lotería y otras estupideces como cigarrillos falsos que no parece comprar nadie pero, eso sí, te despierta a medio vuelo….Existen numerosos sitios que lo ponen de manifiesto: una pasajera que logra 350.000 apoyosen Facebook por sus denuncias; un reportaje con cámara oculta sobre cómo prepara Ryanair a sus tripulantes o un blog de afectados.
Podríamos tratar aquí la posible invalidez de estos contratos tipo realizados por vía electrónica en cuanto contengan cláusulas abusivas o de difícil interpretación o lectura, incumplimiento de normas sectoriales sobre navegación aérea, redacción de ciertas cláusulas solo en inglés, etc. Pero aceptemos pulpo como animal de compañía. Convengamos en que, aunque es verdad que es un tanto desagradable toda esa forma de funcionar, en realidad la aceptamos porque el vuelo nos sale mucho más barato (se dice que en efecto hay una persona que viajó por un euro) y podemos llegar a sitios donde antes ni se nos ocurría pensar que podríamos ir, como a interesantes ciudades a cien kilómetros donde realmente queríamos ir e iremos luego pagando un  taxi o un tren que nos cuesta lo mismo que el avión. Oferta y demanda. Es una cosa relativa.
Así que, lo dicho, sigamos las sabias palabras del prof.  DIEZ-PICAZO, pronunciadas en una reciente conferencia: “Convendría irnos purgando, ir purgando a nuestro Tribunales, ir purgando a nuestros colegas de ese larvado anticontractualismo que anda por ahí(…) y aconsejarles que no es un buen camino aplicar (…) inyecciones de equidad contractual. Si las partes lo han querido, y esa es su voluntad, esa es su voluntad sin que haya que aplicar equidad contractual”. O sea, que los contratos no tienen por qué ser equitativos si las partes han decidido libremente  aceptarlos así. Esta cuestión daría para mucho, pero dejémoslo ahí.
Una segunda cosa de interés relacionada con esta compañía es la controvertida cuestión de las supuestas subvenciones, pues parece ser que la clave de su éxito son los convenios “publicitarios”, “turísticos” o de “promoción económica” que suscribe con ciertas Administraciones locales y autonómicas, en virtud de los cuales obtiene cantidades millonarias normalmente por la utilización de aeropuertos secundarios que activan la economía de una determinada zona y que, al decir de algunos, pueden suponer verdaderas subvenciones, pero sin la transparencia y el control de estas (ver aquí). Ello no significa desmerecer el dinamismo y agresividad comercial, que hay que reconocerles, pero los datos son impresionantes: parece ser que Ryanair suma la mitad de las subvenciones otorgadas a las aerolíneas en España y recibe 793 millones en ayudas europeas, sin las cuales según dicen hubiera estado en pérdidas. Todo ello ha generado ácidas críticas, comolas de Globalia, por suponer una competencia injusta,  e incluso del ministro Soria, porque entiende que las ayudas son contraproducentes.
¿Quién tiene razón? ¿Son simplemente luchas entre compañías o declaraciones de intencionalidad política o algo más? ¿Son subvenciones encubiertas y anticompetitivas o medios lógicos y hábiles de desarrollo de determinadas provincias? Les recomiendo la relectura, a estos efectos, del post de García Vieira titulado “Las subvenciones nominativas” en el que nos explica con toda claridad que, conforme la ley vigente, las subvenciones deben realizarse por “procedimientos de concurrencia competitiva”, pero que las excepciones permitidas – aquellas “en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública”– han generado abusos denunciados incluso por el Tribunal de Cuentas.  De hecho, la cuestión ha sido examinada en un informe de la Comisión Nacional de la competencia (ver aquí el correspondiente a 2010, páginas 48 y siguientes y particularmente las conclusiones en la 85 y ss), en el que apunta que pueden haberse conculcado los principios de publicidad y concurrencia y encontrarnos ante verdaderas ayudas públicas sin los requisito de éstas (“principio del inversor privado”, notificación)
Pero, en fin, a pesar de ello, admitamos que la cosa pueda ser relativa, pues aun siendo reconocida como ayuda pública,  a lo mejor estaría excluida de la ley por ser una de las excepciones permitidas.
Ahora bien, hay un tercer aspecto que no puede ser tan relativo: últimamente se ha publicado la noticias de que tres aviones de Ryanair tuvieran que ser desviados a Valencia desde Madrid, supuestamente porque llevaban el combustible justito para ahorrar; aparte de otra sobre una pérdida de combustible. Estas noticias han provocado cierta polémica sobre si esta compañía apura al máximo los costes hasta el punto de poner en riesgo la seguridad. El sindicato alemán de pilotos y el SEPLA acusan a esta compañía de presionar a los pilotos para el ahorro de combustible e incluso un piloto español ha dicho que si todos los pilotos actuaran con Ryanair, se caerían la mitad de los aviones, lo que ha producido una airada contestación del controvertido e histriónico líder de la compañía, Michael O’Leary.  Ana Pastor, por su lado, dice que “este es un país serio” y que “quien no cumpla será sancionado”……(silencio valorativo).
Sobre esta cuestión, poco puedo decir, porque no conozco la normativa aérea ni los hechos. Sí puedo contar una experiencia personal: que (para ahorrar gastos de aeropuerto, se supone) te bajen de la terminal, te hagan andar cientos de metros por la pista y esperar veinte minutos, o así, a 37 grados, mientras cargan combustible, como atestigua la imagen por mí obtenida en el aeropuerto de Budapest y arriba insertada.
¿Qué conclusión podemos sacar de todo esto? Aparte de la que individualmente se saque de cada uno de los aspectos tratados, mi conclusión, personal e intransferible, es que hay cosas relativas y cosas sobre las que no cabe negociar. Es lo que llamamos principios.  Podremos discutir si en un determinado caso hay abuso o perjuicio a los consumidores o si estos ya sabían a lo que iban; o si un determinado acuerdo va o no contra la competencia. Aquí nos jugamos dinero. Pero hay cosas sobre las que no se puede negociar. Nadie debería ponerle precio a su madre, por muy alta que fuera la oferta, ni nadie debería jugar con la seguridad aérea, al socaire de obtener unos precios más competitivos. Y no debería permitirse que la competencia pueda llegar a ciertos extremos (como mantenía yo mismo hace siete años, en relación a una cuestión profesional: “Vuelos de bajo coste y accidentes jurídicos”); y todavía menos si esa competencia no es verdadera y el presuento convenio financia un modo de vida empresarial. No puedo afirmar que las acusaciones vertidas contra esta compañía sean ciertas, pero sí pedir que la Administración competente aplique la ley con el máximo rigor, y ello aunque se pongan en peligro otros intereses económicos, sean de quien sean. Esos son los principios.

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