martes, 14 de diciembre de 2010

¿Hay (Estado de) Derecho? (I)


Publicado en el blog ¿Hay Derecho? el 14 de diciembre de 2010.
El reciente RD-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, en el que se adoptan las famosas medidas en materia aeroportuaria (que fueron seguidas por la declaración del estado de alarma) y otras no tan famosas como las que agilizan y abaratan las constitución de sociedades mercantiles, me ha generado pensamientos varios: primero, la típica indignación corporativa (por la razón que ya trataré en otro post); luego, como hay que sublimar
la mala uva –que para algo tiene uno educación- otras ideas más elevadas.

Porque ¿es normal que se hagan así las cosas? De repente te saco una norma que empieza a regir el mismo día y a continuación te declaro el estado de alarma sin, al parecer, reunir todos los requisitos que impone la ley (ley 4/81) para ello, particularmente la concurrencia de la “alteración grave de la normalidad” (art.4), o la posibilidad de militarizar a ciertos civiles, a lo que hay que añadir que las medidas y la duración serán las “estrictamente indispensables” (art.1). No importa mucho si había motivo o no para ello, aquí hay algo que no funciona. El Estado de Derecho no consiste solo en que no te fusilen sin juicio o te encarcelen por tu raza o que haya división de poderes, hasta ahí podíamos llegar. Es eso y mucho más: es Estado de Derecho aquél en que autoridades e individuos se rigen por el Derecho y este incorpora la protección de los derechos y libertades fundamentales y es aplicado por instituciones imparciales y accesibles que generen certidumbre. O sea, en el aspecto formal, ello significa especialmente seguridad jurídica, o como señaló el Tribunal Constitucional, una suma de certeza y legalidad, jerarquía y publicidad normativa, irretroactividad de lo desfavorable, interdicción de la arbitrariedad.

Y esto es una conquista de la modernidad, un derecho sólido, que sirve de asidero y protección de derechos sustantivos fundamentales: sin procedimiento y legalidad, y sin un respeto máximo de las autoridades a ésta, no hay derechos efectivos, pues al final resulta que “hay que hacerlo como sea”, y que el fin justifica los medios. Pero, ya se sabe, estamos en la posmodernidad, y todo lo sólido tiene mala prensa. Y lo cierto es que en los últimos tiempos hay inquietantes indicios de licuefacción del Derecho por causas muy complejas y no solo políticas (y no privativas de ningún partido): recordemos el GAL (a mí mucha gente me decía que no lo malo no era hacerlo, lo malo era hacerlo mal), la grave politización de la justicia, el desmadre autonómico con un estatut claramente contrario a la Constitución pero que se lleva efecto como si tal cosa, jueces que se pasan de la política a la judicatura y empapelan a sus excompañeros, mercadeos con el terrorismo nacional y pagos a piratas extranjeros (¿pero no era delito pagar rescate?), por no hablar de la corrupción urbanística, la ley de violencia de género (¿pero no éramos iguales ante los mismos hechos?), con su anunciado añadido de atribución porque sí de la custodia de los hijos al denunciante, en caso de que el otro progenitor haya sido acusado de este delito…..

Así como hay rankings de todo tipo en economía, deberíamos tener en cuenta otros índices, reveladores del estado moral y jurídico de nuestro país. Yo he encontrado uno del Banco Mundial, relativo al estado de derecho (“rule of law”), que aunque nos deja dentro de los países que se supone que disfrutan él, también indica que no estamos precisamente en el pelotón de cabeza. Todavía tenemos mucho que aprender.
Véase:

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